La Plata, 07 de septiembre de 2022.-

Expediente Nº 31/2022
Club: “UNIVERSAL vs RECONQUISTA”
Categoría: U-19

Encontrándose presentes los miembros del Tribunal de Penas
Presidente: Dr. Andrés Blas ROMÁN
Secretario: Dr. Javier Enrique MENNA
Vocal Titular: Dr. Nicolás BERTSCH
Vocal Titular: Dr. Manuel FERNANDEZ
Vocal Titular: Dr. Bernardo BRAVIZ LOPEZ
Vocal Suplente: Dr. Martín MALUENDEZ
Vocal Suplente: Dr. Hernán MENESES

Se deja expresa constancia que el Dr. Andrés Blas Román se ha inhibido para intervenir en las presentes actuaciones, en virtud de su condición de integrante de la Comisión Revisora de Cuentas del Club Reconquista. Conste. 

VISTO: La conmutación de pena solicitada por el Sr. Santiago VAZQUEZ INAMA, jugador del club Reconquista, y.

CONSIDERANDO:

I.-   Que la misma ha sido interpuesto en tiempo y forma.

II.- Que mediante el remedio utilizado, se pretende la conmutación de la sanción de 4 fechas de suspensión aplicada al solicitante por éste Tribunal, mediante el fallo dictado con fecha 22 de junio de 2022.

III.- Que de conformidad a lo normado en los arts. 50º y 51º del Código de Penas, cabe destacar que hasta la fecha el Sr. Vazquez Inama ha cumplido TRES (3) partidos de suspensión, con lo cual se encontraría cumplido con los dos tercios de la pena impuesta. 

IV. En atención a las circunstancias tenidas en cuenta al momento de sancionar, resultando oportuno citar que es facultad exclusiva de este Tribunal considerar y otorgar la reducción o conmutación de penas de acuerdo con la gravedad de la sanción impuesta, no operando de forma automática en ningún caso.
Por todo lo expuesto, este Tribunal:

R E S U E L V E:

ARTICULO 1º. ACEPTAR la solicitud de CONMUTACIÓN de UN (1) PARTIDO de la pena impuesta en estas actuaciones al Sr. Santiago VAZQUEZ INAMA (Licencia Nº 107) del Club RECONQUISTA, en mérito a lo dispuesto en los artículos 50º y 51º del CODIGO de PENAS.

ARTICULO 2º. Publíquese íntegramente la presente resolución en el Boletín Oficial.-

 

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Expediente  Nº 51/2022
Nota: Club ATENAS
Referente:  Partido "Atenas vs Platense" Categ. Mayores Zona  A-1

Dar  VISTA de las presentes actuaciones y de la filmación presentada al Club PLATENSE, a fin de que eleven  su descargo por escrito,  como así también identifique al jugador  protagonista del incidente denunciado y al COLEGIO de ARBITROS   para que se expida al respecto, todo ello dentro del plazo de TRES (3) DIAS HABILES, atento a la nota presentada por el Club Atenas. Todo ello en virtud de lo dispuesto en los artículos 31º y concordantes del  CÓDIGO de PROCEDIMIENTOS y bajo apercibimiento previsto por el artículo 37º del mismo Código. A tales efectos queda a disposición en la Secretaria de la Asociación copia del informe que diera origen al presente expediente..

SECRETARIA H. TRIBUNAL DE PENAS, 09 de Septiembre de 2022.-